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lunes, 17 de abril de 2017

Sentamos precedente jurídico





Por Jorge Zambrano González

   La lucha contra la antidemocracia de Francisco Hernández Juárez al frente de nuestro sindicato ha dada recientemente un logro para la democracia obrera en el país. Se trata del asentamiento de un precedente jurídico para que una o varias personas puedan inconformarse  y demandar contra un acto ilegal o violación de normas que los afecte aunque no sean mayoría e involucre a todos los miembros del sindicato. En otras palabras, aunque la mayoría acate los mandatos sin decir nada, uno solo puede enfrentar una mala decisión de las autoridades sindicales.
   Desde el pasado 2008 un grupo de telefonistas hemos intentado revertir la reforma estatutaria cuyo procedimiento de aceptación fue violentando los estatutos, fuera de asambleas seccionales y sin las suficientes firmas. Después que pedimos revisión al Comité de Vigilancia y ser ignorados por éste, interpusimos una demanda de anulación del proceso ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, pero la Junta no recibió la demanda porque decidió que éramos muy pocos para impugnar una medida que afectaba a todos los miembros del sindicato. ¡Claro que no éramos la mayoría! De ser así tendríamos otro CEN o al menos una reforma estatutaria más justa. Esta fue la primera vez que nos señalaron como minoría insuficiente para una impugnación de esa envergadura.
   No conformes con la medida, recurrimos al amparo en el tribunal laboral quien sentenció que desde luego que podíamos y debíamos demandar cuando nuestros derechos se vieran afectados por medidas sindicales aún que no fuéramos mayoría. Así las cosas La Junta de Conciliación tuvo que admitir nuestra demanda y el juicio continuó por ocho años con descartes, traspasos del caso a otras juntas, amparos, presentación de pruebas hasta que, hace un año, la Junta de Conciliación emitió un laudo en el que, nuevamente, indica que no somos el número suficiente de miembros para impugnar una norma que afecta a todo el gremio sindical. Su determinación se basaba en una sentencia para los trabajadores petroleros en cuyos estatutos se prohíbe éste tipo de disidencia. Y para que amarrara el laudo, el jurídico del STRM interpuso un amparo adhesivo, que significa que apoya la decisión de la Junta de Conciliación contra nosotros.
   Interpusimos un nuevo amparo contra el laudo por ser cosa juzgada pero el tribunal laboral cedió a la Suprema Corte de Justicia la decisión del caso, la cual nuevamente nos dio la razón y ordenó a la Junta ir al fondo de la demanda y ya no andarse por las ramas. De paso, desechó el amparo adhesivo que presentó el jurídico de Hernández Juárez.
   Aquí lo importante es que fue la Suprema Corte quien dictó sentencia: Aunque sea uno sólo o un grupo pequeño puede demandar contra la afectación de sus derechos. En el caso muy extendido entre los sindicatos de que una mayoría no proteste contra los abusos de sus dirigentes, una minoría con buenas razones puede combatir esas imposiciones de sus dirigentes. Las minorías también contamos y la democracia avanza. No como nos quiere Francisco: calladitos y acatando.
   La demanda contra la reforma estatutaria seguirá su curso con sus propios altibajos hasta que llegue a puerto. Mientras tanto ya produjo un buen resultado: Sentamos un precedente jurídico.


Fibra Sindical. Órgano de La Asociación Mexicana de Trabajadores Activos, Jubilados y Pensionados 22 de abril, A.C., afiliada a la Nueva Central de Trabajadores. Comité Editorial: Jorge Zambrano González. (Querétaro, Qro.); Arturo Figueroa Saucedo, (Hermosillo, Son.); Hugo Márquez Madrigal (Lagos de Moreno, Jal.); Jesús Cuevas Ortiz, Melesio Ávalos Méndez, Miguel Ángel Lara Sánchez, Pablo Ángel Lugo Colín,  Ramón E. Félix Vázquez, Rosa María Ortiz Camacho y C. Benito Méndez Castro (Sección Matriz).
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Los artículos firmados no necesariamente reflejan la opinión del Comité Editorial.

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